Registro de Viajeros - Documentos de identidad
23/06/2025
Desde la Asociación, queremos alertar sobre la ilegalidad de fotocopiar los documentos de identidad de los viajeros para ayudar en la cumplimentación de las nuevas obligaciones con las que se encuentra el sector a raíz del nuevo registro de viajeros (Real Decreto 933/2021). Recordamos que esta norma está aún pendiente de desarrollo legislativo y su aplicación está generando múltiples conflictos con la normativa de protección de datos, además de confusión entre los propios cuerpos policiales.
Esta situación ha llevado a que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) haya emitido recientemente una nota en la que recuerda la ilegalidad de fotocopiar o escanear el DNI o pasaporte a los viajeros, al contravenir el principio de minimización de datos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Desde la Asociación consideramos que el problema es mucho más amplio y que la responsabilidad última recae en la deficiente regulación del Real Decreto y en la falta de un sistema claro y uniforme que permita a los establecimientos cumplir con las exigencias legales sin riesgos ni bloqueos operativos.
No se pueden consentir situaciones como que un grupo de turistas que acaba de llegar a un hotel tenga que esperar y rellenar un formulario con un proceso tan farragoso y con tantos datos.
La actual situación genera problemas críticos para los alojamientos turísticos, entre los que se encuentran los siguientes:
- Imposibilidad de verificar la veracidad de los datos sin conservar una prueba documental, lo que deja al empresario indefenso ante inspecciones o fraudes.
- Colisión entre el RD 933/2021 y la normativa de protección de datos, especialmente en relación con las plataformas que marcan datos como obligatorios sin base legal clara.
- Ausencia de soluciones digitales armonizadas, que obligan a los establecimientos a improvisar procesos manuales o check-in digitales no homologados.
- Contradicciones entre la obligación de conservar datos durante tres años y el principio de minimización de la posesión de datos personales, sin garantías de seguridad ni criterios de aplicación claros.
Por ello se exige a la Administración competente:
- Clarificar e interpretar de forma homogénea las obligaciones del RD 933/2021, adaptándolo a la realidad del sector turístico y recordando que ya más de un 50% de los viajeros no se alojan en establecimientos con recepción 24 horas y un personal que verifique la entrada.
- Desarrollar una herramienta tecnológica única, interoperable y segura.
- Evitar que los hoteles asuman responsabilidades penales o administrativas por falta de respaldo legal o técnico.
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