18/04/2020

Devolución de cuotas a Autónomos

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Para aquellos Autónomos (titulares, colaboradores, o partícipes) de empresas cerradas obligatoriamente como consecuencia del Estado de Alarma –que son los Autónomos que habrán solicitado la prestación por Cese de Actividad– es decir, la muy inmensa mayoría del sector hostelero, es importante que conozcáis este mensaje:

La Tesorería General de la Seguridad Social ha informado, sobre las devoluciones de cuotas de los trabajadores por cuenta propia que tengan aprobada la prestación extraordinaria de cese de actividad, lo siguiente:

1️⃣  Las cuotas correspondientes a los días comprendidos entre el 14 y el 31 de marzo, de los trabajadores autónomos que sean beneficiarios de la prestación por cese en la actividad, serán devueltas en la segunda quincena del mes de mayo.

Las cuotas del mes de abril que pudieran ser cargadas a los trabajadores Autónomos por haberse reconocido la prestación por las mutuas después de que la TGSS hubiese remitido la información a las entidades financieras para el cargo en cuenta, serán devueltas de oficio en el mes de junio.

2️⃣  La devolución de estas cuotas se efectuará de oficio y, por tanto, no es necesario presentar ninguna solicitud.

3️⃣  El importe será ingresado en la cuenta bancaria donde se realizó el cargo.

 

NOTA

Observad la íntima relación que existe en la devolución de cuotas, con la solicitud/concesión de la prestación por Cese de Actividad. Creemos que la información es clara pero, si existe alguna duda, dada la situación complicada de la atención telefónica, rogamos se canalice a través del correo electrónico: ? aehv@asociacionhosteleria.com.