15/03/2021

MEDIDAS DEL GOBIERNO CENTRAL EN APOYO DE LAS EMPRESAS

Este pasado sábado 13 de marzo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. Viene a determinar el destino de los 11.000 millones de euros que el Presidente del Gobierno prometió en su discurso del Congreso de los Diputados, y de una primera lectura además de dar la impresión de llegar demasiado tarde para muchos, habrá que ver si son importes suficientes sobre todo en lo que a ayudas directas a las empresas se refiere.

El Real Decreto-ley es un paraguas que tiene que servir de base para futuras normas (estatales y autonómicas) que han de detallar exactamente los criterios y que habrá que exigir se lleven a efecto cuanto antes porque el entramado empresarial necesita estos fondos y medidas. El resumen de las tres líneas que se definen es el siguiente:

1️⃣  LÍNEA DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS

Está pensada para apoyar la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado y para ello se destinan 7.000 millones de euros de los que 2.000 millones son para Baleares y Canarias y los 5.000 millones restantes para el resto de Comunidades, Ceuta y Melilla. Por tanto, lo primero que hay que ver es el reparto que se va a llevar a cabo entre las distintas Comunidades Autónomas, para saber cuánto dinero se adjudica a Euskadi.

Los destinatarios son los empresarios o profesionales de los sectores definidos en el Anexo I (entre los que está incluida la hostelería), y cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado en el Impuesto sobre el Valor Añadido haya caído en 2020 más de un 30% con respecto a 2019. La ayuda máxima que se concederá será del 40% de la caída que supere el 30% mencionado en el caso de empresas con hasta 10 empleados, reduciéndose al 20% en el caso de disponer de más de 10 empleados.

Sin perjuicio de lo anterior, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

Un requisito importante para no tener que devolver las ayudas en el futuro, es la obligación de mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022. Además para poder acceder a las mismas, hay que hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no haber declarado un resultado neto negativo en el ejercicio 2019.

2️⃣  LÍNEA PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA FINANCIERA COVID

Se destinan 3.000 millones de euros para las empresas y autónomos que hayan suscrito operaciones de financiación que cuenten con aval público y hayan pedido las medidas de ampliación de plazos y carencias, recogidas en el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre.

Las medidas que se recogen son la extensión de plazos de vencimiento de operaciones de financiación con aval público, mantenimiento del aval público en caso de la conversión de las operaciones del principal pendiente en operaciones de financiación y la reducción de endeudamiento. Todo esto está pendiente de concretarse mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

3️⃣  FONDO DE RECAPITALIZACIÓN DE EMPRESAS AFECTADAS POR COVID

En los casos en que las medidas anteriores no hayan sido suficientes se destinan 1.000 millones de euros para reforzar los balances de las empresas que eran viables en diciembre de 2019. y que tienen problemas de solvencia.