26/10/2020

Declaración Estado de Alarma

Ayer domingo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 926/2020 por el que el Gobierno central declara un nuevo estado de alarma para tratar de hacer frente a la propagación de la COVID-19, con una vigencia inicial hasta el 9 de noviembre próximo, pero susceptible de prorrogarse en función de la situación (pudiendo llegar hasta el 9 de mayo de 2021). Su entrada en vigor tuvo lugar en el mismo momento de su publicación.

A diferencia del primer estado de alarma dictado el pasado mes de marzo, en esta ocasión, la Autoridad competente (en nuestro caso el Gobierno Vasco) podrá modular, flexibilizar o suspender algunas de las medidas adoptadas, las cuales son:

 

? LIMITACIÓN DE LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE PERSONAS EN HORARIO NOCTURNO

• Se limita la circulación de personas entre las 23:00 horas y las 06:00 horas salvo para determinadas situaciones recogidas en el Real Decreto.

• La Autoridad competente puede determinar la hora de comienzo de la limitación entre las 22:00 y las 00:00 horas y la finalización entre las 05:00 horas y las 07:00 horas.

? LIMITACIÓN DE ENTRADA Y SALIDA EN COMUNIDADES AUTÓNOMAS

• Se restringe la entrada y salida de personas en las Comunidades Autónomas o ciudades con Estatuto de Autonomía.

• La Autoridad Competente puede imponer esta restricción en ámbitos inferiores (ciudad, pueblo, comarca, …).

? LIMITACIÓN DE GRUPOS DE PERSONAS EN ESPACIOS PÚBLICOS O PRIVADOS

• No se podrá superar el número máximo de seis personas salvo que sean únicamente convivientes.

• La Autoridad competente podrá reducir el número de seis personas, así como también flexibilizarlo si las circunstancias lo permitieran o aconsejaran.

• Esta limitación no se aplica en actividades laborales o institucionales.

 

A diferencia de la limitación de circulación de personas en horario nocturno que está en vigor desde ayer, las limitaciones de entrada y salida en Comunidades Autónomas y de grupos de personas, entrarán en vigor cuando así lo determine la Autoridad competente.

Hay que recordar que en Euskadi existe una recomendación general para no reunirse más de seis personas (en hostelería es limitación) desde el pasado viernes, que se supone cambiará a restricción en breve.

En la mañana de hoy se va a reunir el Gobierno Vasco para adoptar mayores restricciones de las ya existentes, al amparo de este nuevo estado de alarma.