16/10/2023

MODIFICACIONES DE CUOTAS DE AUTÓNOMOS: ¡Fecha clave!

Fecha clave en el cambio de sistema de cuotas de autónomos

Como ya publicamos en febrero en este artículo, desde el 1 de enero de 2023 está en vigor el nuevo sistema de cotización para los autónomos, en el que la cuota de cotización va a depender de los beneficios anuales de la actividad, los cuales hay que comunicar antes del 31 de octubre de 2023.

Acercándose esta fecha clave, y ante la eventualidad de que algunos autónomos no hayan comunicado estos datos todavía, os resumimos la norma y la forma de proceder:

• El nuevo modelo de cotización, que se implantará de manera gradual en los próximos 9 años, se basa en la cotización por los rendimientos netos reales obtenidos por el autónomo y tiene una tabla* de 15 tramos en la que puede elegir la base de cotización provisional sobre la que se calcularán las cuotas a ingresar mes a mes.
(*Ver tabla en el mencionado artículo publicado en nuestra web)

• Como ya hemos señalado, esta previsión de rendimientos deberá comunicarla el hostelero autónomo a la Seguridad Social antes del 31 de octubre de 2023.
En caso de no hacerlo será la propia Seguridad Social quien lo regularizará en 2024 en base a los rendimientos declarados en el IRPF  y comunicados por la Administración Tributaria
, y reclamando al autónomo dicha diferencia de cotización si hubiera lugar o devolviendo lo pagado en demasía.

Fecha tope de comunicación de actividades económicas y sociedades

Además, también antes del 31 de octubre, los autónomos deberán comunicar todas las actividades económicas que realicen como autónomos y todas las sociedades a las que pertenezcan, con el porcentaje de las mismas.

En resumen: los trabajadores por cuenta propia tendrán que notificar a la Seguridad Social tanto las actividades que ejercen como los rendimientos que prevén tener para el 2023 y elegir (en función de los tramos establecidos según lo que ganen) una cuota.
Estos cálculos, la decisión y la comunicación a la Seguridad Social tendrán que realizarse antes del 31 de octubre de 2023; aunque la Seguridad Social regularizará estos pagos en 2024, en función de los rendimientos declarados en el IRPF.

Operativa de tramitación de modificaciones de cuotas de autónomos + comunicación de actividades económicas y % societario

💻 La comunicación a realizar a la Seguridad Social debe hacerse de manera telemática, a través de la web de la Seguridad Social para lo que es necesario acreditarse con alguna de estas opciones:

  • DNI o certificado digitales (como la BAKQ)
  • Vía SMS (si se ha registrado el número de teléfono en la Seguridad Social, se puede generar una clave temporal que llega por SMS para realizar el trámite en ese momento).

👩‍💻🤝 Los autónomos con trabajadores asalariados que hayan confiado su gestión laboral a la Asociación de Hostelería de Bizkaia pueden solicitarnos que les ayudemos con la tramitación. Los autónomos que trabajen por cuenta propia sin más trabajadores a su cargo, podrán dirigirse al departamento fiscal.

En ambos casos, es necesario:

  • Pedir cita para pasar por la sede social a firmar la solicitud.
  • Contar con el certificado digital del interesado o que la Asociación esté autorizada ante la Seguridad Social.

 

Asociación de Hostelería de Bizkaia

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