08/06/2023

REDUCCIÓN CUOTAS IAE a causa de la pandemia

El Tribunal Supremo acaba de hacer públicas sendas sentencias que declaran que las empresas de hostelería pueden reducir su cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) por el tiempo que sufrieron la paralización de su actividad durante la pandemia. Esto supone que las Administraciones recaudadoras del Impuesto están obligadas a realizar una rebaja (devolución más bien) de la parte proporcional de la cuota en el sentido indicado. Es importante puntualizar que el Tribunal alude a los períodos de paralización total, declarando que no habrá que probarlos frente a las Administraciones ni poner en conocimiento de las mismas tal circunstancia.

Sin perjuicio de lo expuesto, hay que relativizar el impacto económico de esta decisión para las empresas del sector, en la medida que solo realizan pagos de este Impuesto aquellas que facturan más de 2 millones de euros al año de forma individual o a través de un grupo de empresas fiscalmente considerado como tal.

A la vez, hay que reconocer la importancia que tiene la decisión del Alto Tribunal, por lo que supone de reconocimiento al daño causado al sector y por la extensión que se debiera de hacer del criterio adoptado a otros tipos semejantes de Impuestos o Tasas como pudieran ser las de basuras, las de ocupación de espacio público (terrazas), etc… En este punto es donde las diferentes Administraciones tendrían que dar un paso adelante (aquéllas que no articularon medidas en la dirección indicada) y proceder de oficio a la devolución de las cantidades injustamente cobradas.  

Cómo solicitar la devolución del IAE pagado

Se debe realizar solicitud al Ayuntamiento del municipio correspondiente, utilizando el siguiente formato de solicitud: